30 días naturales
El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores garantiza vacaciones anuales retribuidas de al menos 30 días naturales, que no pueden sustituirse por compensación económica mientras dure la relación laboral.
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Cada día de vacaciones vale dinero. Elige tu país, marca los días en el planificador y verás exactamente cuánto — con los días que te corresponden y el cálculo proporcional si no llevas el año completo.
Las vacaciones son días de descanso retribuidos: cobras lo mismo que si hubieras trabajado. El Estatuto de los Trabajadores fija un mínimo de 30 días naturales al año, y esos días no se pueden sustituir por dinero salvo cuando termina el contrato.
La cuenta es directa: salario mensual ÷ 30 × días de vacaciones. Con 1.800 € al mes, cada día natural de vacaciones vale 60 € y un mes entero vale el salario completo.
Lo de abajo es el mínimo legal. Un convenio colectivo puede mejorarlo, nunca reducirlo.
El artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores garantiza vacaciones anuales retribuidas de al menos 30 días naturales, que no pueden sustituirse por compensación económica mientras dure la relación laboral.
Durante las vacaciones se cobra la retribución ordinaria, no solo el salario base. La jurisprudencia del Tribunal Supremo incluye los complementos que se perciben habitualmente, aunque sean variables.
Si no llevas el año completo, los días se calculan en proporción al tiempo trabajado: 2,5 días naturales por mes. Las vacaciones generadas y no disfrutadas se pagan en el finiquito.
El calendario de vacaciones se fija de común acuerdo y debe conocerse al menos dos meses antes del inicio. Las vacaciones no se pierden si coinciden con una baja médica o un permiso de nacimiento.
Cuatro pasos, y solo el último tiene truco.
Toma tu salario bruto mensual. Incluye los complementos que cobras de forma habitual, no solo el salario base.
Divide entre 30. Los días de vacaciones son naturales, así que el mes se divide siempre entre 30. Con 1.800 € el día sale a 60 €.
Multiplica por los días que coges. Quince días naturales a 60 € son 900 € brutos de vacaciones.
Si no llevas el año, prorratea. 2,5 días naturales por mes trabajado. Siete meses generan 17,5 días de vacaciones.
Cada mes trabajado genera 30 ÷ 12 = 2,5 días naturales. Así se acumulan a lo largo del año.
| Meses trabajados | Días generados | Días que faltan |
|---|---|---|
| 1 | 0,8 | 9,2 |
| 2 | 1,7 | 8,3 |
| 3 | 2,5 | 7,5 |
| 4 | 3,3 | 6,7 |
| 5 | 4,2 | 5,8 |
| 6 | 5 | 5 |
| 7 | 5,8 | 4,2 |
| 8 | 6,7 | 3,3 |
| 9 | 7,5 | 2,5 |
| 10 | 8,3 | 1,7 |
| 11 | 9,2 | 0,8 |
| 12 | 10 | 0 |
| Días trabajados por semana | Vacaciones legales | Días al año | A los 6 meses |
|---|---|---|---|
| 1 | 5,6 | 5,6 | 2,8 |
| 2 | 5,6 | 11,2 | 5,6 |
| 3 | 5,6 | 16,8 | 8,4 |
| 4 | 5,6 | 22,4 | 11,2 |
| 5 | 5,6 | 28 | 14 |
| 6 | 5,6 | 28 | 14 |
| Faltas injustificadas | Días de vacaciones | Se pueden vender (1/3) | Días de descanso |
|---|---|---|---|
| Hasta 5 faltas — 30 días de vacaciones | 3 | 1 | 2 |
| De 6 a 14 faltas — 24 días | 24 | 8 | 16 |
| De 15 a 23 faltas — 18 días | 18 | 6 | 12 |
| De 24 a 32 faltas — 12 días | 12 | 4 | 8 |
| Más de 32 faltas — sin derecho a vacaciones |
Si el contrato termina antes de disfrutarlos, esos días generados se abonan en el finiquito con su parte proporcional.
Los festivos son días de descanso retribuido. Trabajarlos no está prohibido, pero tiene que compensarse.
La empresa da otro día libre a cambio. Es la fórmula más habitual en sectores que no cierran, como sanidad, hostelería o transporte.
Muchos convenios fijan un recargo sobre las horas del festivo, normalmente entre el 75 % y el 100 %. El porcentaje sale del convenio, no del Estatuto.
Algunos convenios combinan día libre y plus de festividad. Conviene comprobar el texto antes de aceptar una u otra fórmula.
Las horas del festivo siguen contando para la jornada máxima semanal y para las horas extraordinarias del periodo.
Ver cuánto se cobra antes de cerrar las fechas y comprobar que quedan días suficientes.
El prorrateo por meses es donde más errores aparecen, sobre todo en contratos temporales y de temporada.
Comprobar el importe antes de cerrar la nómina y revisar que el calendario respeta el mínimo legal.
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